7 de mayo de 2013

Entidades Sujetas a Regulación de Precios (Nueva NIIF - IFRS - Borrador para Discusión)

EL IASB publicó el 25 de abril de 2013, un Borrador para Discusión denominado “Regulatory Deferral Accounts” (que yo traduciría como “Cuentas Diferidas de Entidades Reguladas”), como parte del reactivado proyecto para desarrollar una norma sobre las entidades que realizan Actividades con Precios Regulados (APR). 
 
El IASB reconoce que muchas jurisdicciones en el mundo que aplican las NIIF (IFRS) tienen sectores industriales y manufactureros, tales como los relacionados con el transporte y los servicios públicos (como luz y energía, teléfonos y agua entre otros), que están sujetos a regulaciones de precios. Se entiende que las regulaciones de precios pueden tener un impacto significativo sobre la oportunidad del registro y el monto de los ingresos de una entidad APR. Las NIIF actuales no suministran ninguna guía específica sobre esas la contabilidad de esas actividades.
 
Como respuesta a las solicitudes recibidas durante su agenda de consultas normales, el IASB ha iniciado este proyecto para considerar si el Instituto debe desarrollar una guía específica para las APR y, si es así, determinar qué tipo de información acerca de las consecuencias de la regulación de precios será más útil para los usuarios de los estados financieros. En esta etapa del proyecto, el IASB está proponiendo una Norma Interina que permitiría a las entidades mantener las actuales políticas contables que utilizan, con algunas modificaciones diseñadas para mejorar la comparabilidad.
 
El Borrador para Discusión está abierto para los que deseen hacer comentarios hasta el 4 de septiembre de 2013.
 
En la página web del IASB existen dos documentos (en inglés) disponibles para los interesados en familiarizase con esta nueva norma:
 
1. Exposure Draft: Regulatory Deferral Accounts. Este documento contiene el Borrador para Discusión con todas las bases, las razones para emitir la nueva norma, las preguntas que se espera que contesten los interesados y la norma propiamente dicha.  Haga click aquí para ver este documento.
 
2. Snapshot: Regulatory Deferral Accounts. Este documento contiene una vista rápida sobre el Borrador para Discusión, en 8 páginas. Pinchar aquí para ver este documento. 
 
Objetivos del IASB, según se establece en el Borrador para Discusión -
 
El objetivo a largo plazo del proyecto es desarrollar un Papel para Discusión para considerar si la regulación de precios crea activos o pasivos adicionales a los que ya están previstos en las NIIF para las actividades que no están reguladas. Si eso fuera así, el proyecto también considerará cómo deben ser reconocidos esos activos y pasivos; si otras NIIF deben ser modificadas y cómo deberían ser cambiadas.
 
El objetivo de las propuestas en el Borrador para Discusión es el mejoramiento de la comparabilidad del reporte financiero, mediante la eliminación de las barreras que existen actualmente para la adopción de las NIIF por parte de las entidades APR, hasta que la guía sea desarrollada completamente.
 
El IASB entiende que la regulación de precios es una restricción en la fijación de los mismos a los clientes de las entidades que se ven afectadas por dicha regulación (las APR). En muchas jurisdicciones, los cargos que las entidades APR pueden hacerle a sus clientes están fijados por organismos reguladores o por los propios gobiernos. En forma típica, tales entidades (las APR) tienen un monopolio o una posición dominante en el mercado que les confiere un excesivo poder sobre dicho mercado.
 
Comentarios del Autor Aplicables a Venezuela -
 
Esta norma podría impactar a algunas entidades en el país (y no únicamente a las APR tradicionales), por las regulaciones de precios aplicadas por el gobierno venezolano a innumerables industrias, servicios y sectores de la economía del país que no son propiamente APR. El Borrador para Discusión debería ser revisado por todos aquellos que están vinculados con entidades cuyos precios están regulados por el gobierno, para determinar si la nueva norma los afectaría y cómo.
 
También sería importante que los que se sientan afectados, utilizando el mecanismo de la consulta establecido en el Borrador para Discusión, se dirijan al IASB informando de los hechos que las afectan y la forma como tendrían que implementar la nueva norma, en caso de que ésta sea aprobada para su aplicación por el IASB y que esas entidades sean afectadas por la nueva norma.
 
Las personas interesadas en obtener asesoría sobre este asunto pueden enviar sus preguntas a mi correo electrónico y, con gusto, haríamos los arreglos para completar esa asesoría (jdsmartinez@gmail.com).

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